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Preguntas Frequentes

Q.

Es todavía Andorra un paraíso fiscal?

A.

Andorra no es un paraíso fiscal. A partir de 2010, Andorra firmó doce acuerdos de intercambio de información fiscal bajo demanda. Cuando la OCDE se dio cuenta de que todos los acuerdos estaban en vigor, decidió liberar a Andorra de la lista gris. En 2014, Andorra asumió el consenso internacional de intercambiar automáticamente información financiera al país de residencia de las personas extranjeras con cuentas financieras en Andorra (comúnmente conocido como C.R.S. o "Common Reporting Standard").  La Unión Europea como institución excluyó a Andorra de las listas de paraísos fiscales en 2019.

Q.

Esta sujeto a tributacion el ingreso extranjero?

A.

Las rentas extranjeras procedentes de inversiones en activos financieros están libres de impuestos en Andorra. Únicamente podrían gravarse determinadas rentas derivadas del arrendamiento de inmuebles, las plusvalías o las actividades empresariales realizadas en Andorra por extranjeros.

Q.

Es Andorra un país libre de impuestos?

A.

No, Andorra cuenta con un sistema fiscal implantado en 2011 para autónomos y empresas y en 2016 para particulares. El sistema consiste en la imposición directa de las rentas y plusvalías derivadas de categorías específicas.  El tipo impositivo para las personas físicas es del 10% y para las empresas del 10%. El impuesto indirecto (llamado I.G.I.) es del 4,5% con ciertos tipos especiales.

Q.

Como puedo adquirir la residencia en Andorra?

A.

Se puede ser residente en Andorra obteniendo la licencia correspondiente que en resumen puede ser: (i) Permiso de residencia sin permiso para trabajar; (ii) Permiso de residencia y permiso para trabajar por cuenta propia; (iii) Permiso de residencia y permiso para trabajar como empleado de otra empresa o particular.  Sin embargo, la residencia no implica la residencia fiscal. La residencia fiscal requiere más cosas que un simple permiso.

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